Ley Nº20.920
Promulgada en Chile el 1 de febrero de 2016, establece el marco legal para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje. Esta legislación busca impulsar la sustentabilidad y el cuidado del medio ambiente a través de la reducción, reutilización, reciclaje y disposición adecuada de los residuos generados en el país. Algunos aspectos clave de la Ley 20.920 son los siguientes:
- Responsabilidad Extendida del Productor (REP): La ley establece que los productores y/o importadores son responsables de gestionar los residuos generados por sus productos una vez que se vuelven desechos. Esto implica que deben diseñar e implementar sistemas de recolección, reciclaje y disposición final adecuada de los productos y sus materiales constituyentes.
- Certificación Ambiental de Productos: La legislación establece que ciertos productos deben contar con una certificación ambiental que acredite su eficiencia energética, sustentabilidad y reducción de impactos ambientales durante su ciclo de vida.
- Fomento al Reciclaje: La ley promueve la separación y recolección selectiva de residuos, así como el establecimiento de sistemas de gestión para su reciclaje y valorización. Se destacan metas de recolección y reciclaje para diferentes tipos de residuos, como papel, cartón, plásticos, vidrio, neumáticos, aceites, entre otros.
- Sanciones y Fiscalización: La legislación contempla sanciones económicas y medidas de fiscalización para aquellos productores que no cumplan con las obligaciones establecidas en la ley. Esto busca garantizar el cumplimiento de las metas de reciclaje y la correcta gestión de los residuos.
- Educación Ambiental: La ley destaca la importancia de la educación como herramienta fundamental para fomentar la cultura del reciclaje y el cuidado del medio ambiente. Se promueven campañas de difusión y capacitación dirigidas a la comunidad, empresas y establecimientos educativos.
En resumen, la Ley 20.920 en Chile establece un marco legal para la gestión de residuos y el fomento al reciclaje, promoviendo la responsabilidad extendida del productor y buscando la reducción de los impactos ambientales. Su objetivo es impulsar una gestión sustentable de los residuos, fomentar la economía circular y proteger el entorno natural en el país.
La Ley 20.920 establece sanciones económicas en pesos chilenos para aquellos que no cumplan con las obligaciones establecidas en la legislación. Estas multas varían en función de la gravedad de la infracción y pueden ser aplicadas tanto a productores como a importadores que no cumplen con sus responsabilidades en términos de gestión de residuos y reciclaje.
A continuación, se detallan algunas de las multas establecidas por la Ley 20.920:
- Incumplimiento de la responsabilidad extendida del productor: Aquellos productores o importadores que no cumplen con sus obligaciones en términos de recolección, reciclaje y disposición final adecuada de los productos y sus materiales constituyentes pueden ser sancionados con multas de hasta 1.000 hasta 10.000 UTA a quienes no den su cumplimiento segun su gravedad.
- No contar con la certificación ambiental obligatoria: Los productos que deben contar con certificación ambiental y que no la tendrán pueden ser objeto de multas.
- No cumplir con las metas de recolección y reciclaje: Aquellas empresas que no alcanzarán las metas establecidas para la recolección y reciclaje de determinados tipos de residuos pueden ser sancionados con multas.
Es importante destacar que las multas establecidas por la Ley 20.920 pueden variar según la gravedad de la infracción y las circunstancias específicas de cada caso. Además, la ley contempla la posibilidad de aplicar otras medidas sancionatorias, como la clausura temporal o definitiva de establecimientos.
Estas multas tienen como objetivo incentivar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 20.920 y fomentar una correcta gestión de residuos y reciclaje en Chile. Además, busquen proteger el medio ambiente y promover la transición hacia una economía circular y sustentable.
FISCALIZACIÓN Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
SE OTORGA COMPETENCIA A LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE PARA FISCALIZAR Y SANCIONAR INFRACCIONES
- Las sanciones incluyen:
– Multas desde 1 mil hasta 10 mil UTA.
– Amonestación por escrito. - Revocación de autorización de sistema de gestión.
- Prohibición para la venta de productor sin gestor asociado.
- Publicidad de infracciones.


